Cuándo usar este documento
- Pagó y sigue apareciendo en mora.
- Nunca le avisaron antes de reportarlo.
- Aparece una deuda que no es suya.
- El reporte ya debería haberse borrado por tiempo.
Puede reclamar ante la fuente (el banco, la tienda o el operador que lo reportó) o ante la central. Ante la fuente suele ser más efectivo cuando el problema es un pago no actualizado o la falta de aviso previo.
Plazos que debe conocer
- "Reclamo en trámite" en 2 días hábiles.
- Respuesta en 15 días hábiles + 8 de prórroga; si no, silencio positivo (Ley 1266, art. 16).
Paso a paso
- Llene el formulario con hechos concretos (fechas, números, nombres).
- Descargue y firme el PDF.
- Radíquelo ante la entidad que lo reportó o ante la central, por sus canales de PQR y exija número de radicado o copia con sello y fecha.
- Cuente los días hábiles desde el día siguiente a la radicación.
- Si no responden a tiempo o la respuesta no resuelve de fondo, presente queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio o la Superintendencia Financiera, según quién sea la fuente.
Base legal
- Ley 1266 de 2008, art. 16
- Reclamos: leyenda "reclamo en trámite" en 2 días hábiles; respuesta en 15 días hábiles prorrogables 8.
- Ley 2157 de 2021
- Añadió el silencio positivo y el trámite especial para víctimas de suplantación.
- Ley 1266 de 2008, art. 12
- El reporte negativo exige una comunicación previa al titular.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura un reporte negativo después de pagar?
En general, el doble del tiempo que duró la mora, con un máximo de cuatro años desde el pago, según la Ley 1266 de 2008 modificada por la Ley 2157 de 2021.
¿Sirve si fui víctima de suplantación?
Sí. Elija ese motivo: la carta pide el cotejo de documentos y la leyenda "Víctima de Falsedad Personal". Anexe la denuncia si la tiene.