Cuándo usar este documento
- Le niegan o demoran la autorización de un examen, cirugía o procedimiento.
- No le entregan un medicamento formulado.
- No le asignan cita con especialista.
- Quiere el reembolso de algo que tuvo que pagar.
Si hay riesgo para la vida o la salud y la situación es urgente, no espere los 15 días: puede presentar directamente una acción de tutela. Guarde la orden médica, que es la prueba principal.
Plazos que debe conocer
- Respuesta: 15 días hábiles (Ley 1755 de 2015, art. 14).
- Copias e información: 10 días hábiles.
Paso a paso
- Llene el formulario con hechos concretos (fechas, números, nombres).
- Descargue y firme el PDF.
- Radíquelo en la oficina de atención al usuario de la EPS, en su portal web o por correo electrónico oficial y exija número de radicado o copia con sello y fecha.
- Cuente los días hábiles desde el día siguiente a la radicación.
- Si no responden a tiempo o la respuesta no resuelve de fondo, presente queja ante la Superintendencia Nacional de Salud o, si hay urgencia, una acción de tutela.
Base legal
- Ley 1755 de 2015, art. 14
- Plazos: 15 días hábiles (regla general), 10 días hábiles para documentos e información y 30 días hábiles para consultas. Si no puede responder a tiempo, la entidad debe avisarle antes del vencimiento.
- Ley 1751 de 2015
- Ley Estatutaria que reconoce la salud como derecho fundamental.
- Ley 1755 de 2015, art. 16
- Contenido mínimo: a quién se dirige, nombres e identificación, dirección de notificación, objeto de la petición y razones.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar el derecho de petición por un familiar?
Sí. Escriba sus datos como peticionario y los del paciente en el campo correspondiente; anexe copia del documento del paciente.
¿Qué hago si la EPS no responde?
Puede presentar queja ante la Superintendencia Nacional de Salud y, si se vulnera su derecho a la salud o de petición, una acción de tutela.